Su cobertura sanitaria cuando venga de vacaciones a Francia

2023
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I. Si venga desde un Estado miembro de la Unión Europea, o de Islandia, Liechtenstein, Noruega o Suiza

Tanto si está trabajando como si está en el paro o si es residente o pensionista, si está asegurado (o es derechohabiente) en el régimen de seguridad social de un Estado miembro de la UE, Islandia, Liechtenstein, Noruega o Suiza, puede tener derecho a la asunción de los gastos generados por las prestaciones sanitarias recibidas en el territorio francés por haber resultado necesarias desde un punto de vista médico.

A. La Tarjeta Sanitaria Europea cubre la asistencia sanitaria recibida en Francia

Antes de salir de viaje, debe solicitar la Tarjeta Sanitaria Europea (TSE) en cualquiera de los Centros de Atención e Información (CAISS) del Instituto Nacional de la Seguridad Social.

Dicha tarjeta garantiza el acceso a los prestatarios de asistencia sanitaria establecidos en Francia, sin tener que hacer trámites previos ante el organismo francés de competencia local. Las prestaciones se proporcionan en las mismas condiciones que están previstas para los asegurados del régimen francés.

Nota: Si ha olvidado o extraviado la tarjeta, o si se la han robado, la Oficina Virtual de la Seguridad Social puede emitir un Certificado Provisional Sustitutorio (CPS). Dicho certificado, cuya validez tiene una duración limitada, podrá ser utilizado en las mismas condiciones que la TSE.

Cómo utilizar la TSE en Francia

Las prestaciones sanitarias cubren los gastos de asistencia médica, los gastos farmaceúticos, los gastos de atención odontológica y prótesis dentales, los gastos de hospitalización, los gastos de análisis clínicos y exámenes de laboratorio o los gastos de transporte sanitario.

Asistencia sanitaria y odontológica

Antes de acudir al médico o al odontólogo, deberá verificar que se trata de un profesional concertado. Entre los médicos concertados, existen dos estatutos posibles:

  • Estatuto concertado de Sector 1: en este caso el facultativo cumple el acuerdo integralmente y aplica las tarifas concertadas;
  • Estatuto concertado de Sector 2: en este caso el facultativo cumple el acuerdo a excepción de las cláusulas tarifarias y fija libremente sus honorarios.

En ambos casos, el reintegro realizado por la CPAM o la CGSS del lugar de prestación de la asistencia sanitaria se hará con base a la tarifa concertada.

En el sitio web de la CNAM, podrá buscar a un profesional sanitario, según su lugar de estancia.

Al estar asegurado en el territorio de otro Estado, durante su estancia temporal en Francia lo dispuesto en las leyes francesas en materia de "recorrido sanitario obligatorio" (parcours de soins: designación de un médico de cabecera, consulta con éste antes de acudir a un médico especialista) no se le aplicará. Para acreditar que el recorrido sanitario obligatorio no se le aplica y así evitar que el médico (de cabecera o especialista) le cobre honorarios suplementarios, tendrá que presentarle su Tarjeta Sanitaria Europea o el Certificado Provisional Sustitutorio.

Usted deberá pagar los honorarios al médico, el cual le expedirá un volante de asistencia (llamado feuille de soins en francés) y eventualmente una prescripción médica.

Ya que el recorrido sanitario obligatorio no le es aplicable, podrá consultar directamente a un médico especialista, sin presentar la prescripción de un médico de cabecera.

Los actos paramédicos realizados por auxiliares médicos están cubiertos si han sido prescritos por un médico.

Farmacia

Para obtener los medicamentos, podrá ir a cualquier farmacia, donde presentará la feuille de soins (volante de asistencia) y la receta del médico. El precio de los medicamentos será consignado en la feuille de soins que el farmacéutico le devolverá junto con la receta. Habrá que pagar directamente a la farmacia.

Transporte

Si tiene que desplazarse para recibir la asistencia médica, los gastos de transporte prescritos por un médico pueden ser cubiertos, en ciertas condiciones, por el seguro de enfermedad.

Hospitalización
En caso de emergencia, llamar al 112.

En los casos de hospitalización urgente, usted deberá presentar en el servicio de admisión del hospital, la TSE o el Certificado Provisional Sustitutorio. Es posible que le pidan que acredite su identidad mediante la presentación de su pasaporte o de cualquier otro documento válido.

Aparte de los casos de hospitalización urgente, usted podrá acudir al centro hospitalario de su elección, tanto público como privado.

Si ha consultado un médico antes de su ingreso hospitalario, él le podrá indicar un centro o servicio adaptado a sus necesidades, tomando en cuenta la calidad de atención médica.

Le aconsejamos que se informe sobre las tarifas aplicadas y los importes que le serán reembolsados, ya que algunos hospitales aplican rebasamientos de honorarios médicos que no son cubiertos por el Seguro de Enfermedad. Cabe señalar, asimismo, que una minoría de clínicas privadas no están concertadas con el Seguro de Enfermedad (Assurance Maladie). Para encontrar las señas de un centro hospitalario y las informaciones sobre sus tarifas, puede consultar el sitio web Annuaire santé.

Generalmente, la caja de seguro de enfermedad asume directamente el cargo de los gastos hospitalarios, cubriendo el 80% (el 100% en determinadas situaciones). En este caso y si ha presentado su TSE o el certificado provisional sustitutorio en el momento de su ingreso, no deberá adelantar los gastos. Sólo le corresponderá pagar la parte que queda a cargo del paciente: el 20% en caso de cobertura al 80%, más la cuota global diaria cuyo importe es de 20 € por cada día de hospitalización. En caso de cobertura al 100%, deberá abonar la cuota global diaria cuyo importe es de 20 €. En el supuesto de que adelante los gastos, el reembolso podrá conseguirse ante la caja de seguro de enfermedad competente según su lugar de hospitalización mediante el envio del informe de alta expedido por los servicios hospitalarios.

Nota: Cualquiera que sea la tasa de cobertura aplicada, los gastos por comodidad (habitación individual, teléfono, télévisión, etc.) no son reembolsados por el seguro de enfermedad.

Los actos médicos importantes, cuya tarifa es igual o superior a 120 euros, o los actos cuyo coeficiente es igual o superior a 60, se cubren al 100%. No obstante, en caso de uno o varios actos efectuados por un mismo profesional sanitario en el transcurso de la misma consulta, queda a su cargo una contribución a tanto alzado de 24 euros, sea cual sea el importe del acto médico. Se aplica para los actos realizados en un consultorio o durante una hospitalización.

Algunas personas que se benefician de una cobertura al 100% pueden ser exoneradas de una y/o de ambas cuotas a tanto alzado (las personas que padecen una enfermedad de larga duración o una enfermedad laboral, las que hayan sufrido un accidente laboral, y las mujeres embarazadas, a partir del sexto mes de embarazo).

Para una estancia en la unidad de psiquiatría de un centro de salud, el importe de la cuota global por hospitalización se fija en 15 euros por día.

Tanto alzado para el paciente de urgencias (forfait patient urgences – FPU): Desde el 1 de enero de 2022, cada persona que acuda a urgencias sin ser hospitalizada debe pagar un importe a tanto alzado de 19,61 €.

Las cuotas globales por hospitalización no son reemboldadas por el seguro de enfermedad. Su mutua o su seguro complementario de salud podrá eventualmente hacerse cargo de estos gastos.

Enfermedades crónicas y preexistentes

En caso de tratamiento mediante diálisis o oxigenoterapia, deberá ponerse en contacto con un centro especializado en el área de su futuro lugar de estancia para tomar cita.

B. Reintegro de gastos

La feuille de soins (volante de asistencia) fechada y firmada, junto con la receta del médico y la copia de la Tarjeta Sanitaria Europea o del Certificado Provisional Sustitutorio, deberán remitirse a la CPAM (o la CGSS en los Departamentos de Ultramar) que corresponde al lugar en el cual la asistencia sanitaria le ha sido prestada. Usted deberá hacer constar su domicilio permanente, así como sus datos bancarios (denominación del Banco, domicilio, código SWIFT, número de cuenta con el código IBAN o BIC).

En cada departamento francés existe por lo menos una CPAM o, en los departamentos de ultramar, una CGSS. En el sitio web de la Caisse nationale d'assurance maladie (CNAM, sitio Ameli), podrá buscar la CPAM o de la CGSS correspondiente al departamento de su interés.

Generalmente, el seguro no reembolsa los gastos en su totalidad sino que queda a cargo del asegurado una parte de estos, se trata de un copago sanitario (ticket modérateur en francés). Y además, también tendrá que pagar usted mismo:

  • por cada consulta o asistencia realizada por un médico general o especialista, en caso de examen radiológico o análisis biológico médico, una contribución a tanto alzado de 1 euro (siendo exonerados los menores de 18 años y las mujeres embarazadas, a partir del sexto mes de embarazo), dentro del límite de 4 euros para un mismo profesional sanitario en el transcurso del mismo día,
  • por concepto de actos paramédicos (actos realizados por auxiliares médicos), medicamentos y gastos de transporte, una franquicia de:
    • 50 céntimos por caja de medicamentos
    • 50 céntimos por acto paramédico, dentro del límite de 2 euros por día y por profesional sanitario
    • 2 euros por transporte sanitario dentro del límite de 4 euros por día y por transportista*.

*La contribución a tanto alzado està limitada a 50 euros por año y por persona, por lo que deberá conservar los estados recapitulativos de reintegros que le hayan sido enviados en el transcurso de un año natural, a fin de solicitar la exoneración de la contribución a tanto alzado si la misma llegara a superar los 50 euros. El importe de la franquicia está también limitado a 50 euros para todos los actos o prestaciones correspondientes.

Los actos médicos importantes, cuya tarifa es igual o superior a 120 euros, se cubren al 100% con un copago sanitario a tanto alzado de 24 euros por acto, sea cual sea el importe del acto. Este copago de 24 euros queda a su cargo y se aplica tanto si dichos actos se realizan en un consultorio médico como durante una hospitalización.

Se reembolsa los gastos de asistencia sanitaria con una tasa del 70% de la tarifa de responsabilidad. Por ejemplo, la tarifa concertada de la consulta de un médico general o de un médico especialista se fija en 25 euros. Por la consulta de un médico general, la Seguridad Social reembolsará 16,50 euros, y 8,50 euros quedarán a su cargo. El importe de reintegro indicado toma en cuenta el copago sanitario y la contribución a tanto alzado de un euro.

Los gastos de análisis clínicos y exámenes de laboratorio se reembolsarán al 60% de la tarifa de responsabilidad. La contribución de 1 euro por acto de biología médica (dentro del límite de 4 euros por día y por laboratorio) se sustrae del reintegro.

Los honorarios de auxiliares médicos se reembolsan al 60% de la tarifa de responsabilidad. Del importe del reintegro se sustrae la franquicia médica de 50 céntimos por acto, dentro del límite de 2 euros por el mismo paciente, el mismo día, con el mismo profesional.

Los gastos de transporte sanitario se reembolsan al 65% de las tarifas aplicables. La franquicia de 2 euros por trayecto (dentro del límite de 4 euros por día y por transportista) se sustrae del reintegro.

Los medicamentos serán reembolsados cuando hayan sido prescritos por un médico y cuando figuren en la lista de especialidades farmacéuticas reintegrables para los asegurados de la Seguridad Social. Se reembolsa los medicamentos al 15%, 30%, 65% o 100% de su precio de venta o de la base de una tarifa de referencia para determinados grupos de medicamentos genéricos.

  • 100% para los medicamentos reconocidos como no sustituibles para enfermedades graves e incapacitantes,
  • 65% para los medicamentos cuyo servicio médico prestado se considera significativo o importante,
  • 30% para los medicamentos cuyo servicio médico prestado se considera mediano,
  • 15% para los medicamentos cuyo servicio médico prestado se considera escaso.

La franquicia de 50 céntimos se sustraerá del reintegro por cada caja de medicamento.

C. En caso de baja durante su estancia en Francia

En caso de incapacidad temporal sobrevenida en Francia, el médico que consulte en Francia le entregará un parte de baja laboral que consta de tres volantes. Tras cumplimentar el parte, envíe los dos primeros volantes a la caja de seguro de enfermedad de la que usted depende en el país en el que está asegurado, y el tercero a su empleador o al Servicio Público de Empleo para informarles de su incapacidad temporal.

En caso de hospitalización, los servicios de admisión del hospital le entregarán un informe de situación (bulletin de situation) que hará oficio de justificante de baja laboral. Cuando le den de alta en el hospital, los servicios administrativos le entregarán certificado de alta, con la que se pondrá fin a la baja laboral emitida a través del informe de situación. Si su estado de salud así lo necesita, el médico del hospital o su médico de cabecera emitirá un parte de baja laboral (avis d'arrêt de travail).

Puede descargar el espécimen de este parte de baja (inicial o prórroga), junto con la nota explicativa, en el sitio web Ameli de la CNAM.

Las prestaciones dinerarias o subsidios diarios son estudiados y abonados directamente por la institución a la que usted está habitualmente afiliado.

II. Si es Ud. nacional de un Estado que ha firmado un convenio bilateral de seguridad social con Francia

ArgeliaAndorraBenínBosnia-HerzegovinaCabo VerdeGabónJerseyMacedoniaMalíMarruecosMónacoMontenegroNígerNueva CaledoniaPolinesia FrancesaQuébecSerbiaTogoTúnezTurquía

III. Si es Ud. nacional de un Estado distinto de los enumerados

Verifique en el organismo de seguridad social del que usted depende si se hace cargo de la atención médica en el extranjero, y en qué condiciones.

Es aconsejable contar con un seguro privado que garantice la financiación de los gastos médicos que puede tener que abonar en el territorio francés. Es obligatorio para obtener un visado de turista.

Para obtener más informaciones

En la sede electrónica de Cleiss

En Ameli.fr

Comisión Europea